lunes, 10 de febrero de 2014

9. Septiembre de 2007:

El abogado del banco es reemplazado. El abogado que fue retirado del caso  fue quien, enfurecido, nos gritò al telèfono varias amenazas cuando le dijimos el 22 de abril del 2002: “doctor ,si usted me muestra el pagarè que supuestamente firmamos sobre el crèdito nùmero 05701016000157039 que nos estàn cobrando, aunque sea con unos binoculares a 100 metros, y yo veo mi firma y la de mi esposa, les devolvemos el apartamento en 30 dìas”

Diciembre de 2010: 

Contra toda lògica jurìdica perdemos en segunda instancia. El Honorable Tribunal Superior del Distritio Judicial de Cali con el  argumento de que la juez del circuito no se habìa pronunciado sobre todas las excepciones;  le diò vàlidez al tìtulo valor (pagarè hipotecario)

Pasò el tribunal por encima de la constituciòn, del còdigo de comercio, de las sentencias de la corte constitucional y de jurisprudencia del mismo tribunal y de otros tribunales del paìs y le diò la razòn al banco que  presentò una demanda ejecutiva hipotecaria basada en un pagarè  invalidado por los errores del banco

Por sentencias como estas es que abogado litigante  Mario Jinete Manjarrès, escribiò en el diario El Paìs de Cali el año pasado….”Recientemente la Sala Civil de este Tribunal Superior de Cali, en un cambio jurisprudencial absolutamente inconstitucional, ha venido ordenando, en favor de los “pobres bancos colombianos” el remate de casas de familias en mala hora endeudadas por el UPAC, desconociendo fallos de la propia Corte Constitucional....”. 




En este punto  y hora estamos evaluando la forma de despedirnos del apartamento donde nacieron nuestros dos hijos, en el cual celebramos grados, muchos cumpleaños, la primera comuniòn de nuestro hijo mayor y en el cual tambièn lloramos la partida de nuestros dos padres, en donde me recuperè del càncer y del accidente cerebrovascular que padecì y en el cual mi esposa pasò sus convalescencias de  varias cirugìas.

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